Derechos y deberes de los pacientes
Como paciente tiene derecho a:
A que se le preste durante todo el procedimiento, asistencia de calidad por trabajadores de la salud debidamente capacitados y autorizados para ejercer;
A recibir información sobre su diagnóstico, pronóstico y tratamiento, así como, ser atendido por personal ético e idóneo para cuidar su vida y su salud.
Contar con los servicios y tecnologías de salud que le garanticen una atención integral, oportuna y de alta calidad y ser remitido a otra institución cuando su condición clínica lo amerite.
A mantener una comunicación plena, permanente, expresa y clara con el profesional de la salud tratante. En caso de pacientes menores de edad la comunicación se realizará a sus acudientes.
A que la historia clínica sea tratada de manera confidencial y reservada y que únicamente pueda ser conocida por terceros, previa autorización del paciente o en los casos previstos en la ley, ya poder consultar la totalidad de su historia clínica en forma gratuita y a obtener copia de la misma.
A recibir la compañía presencial de su familia o allegados siempre que no interfieran con su tratamiento.
Conocer de forma clara y honesta, sobre los costos de la prestación del servicio de salud, ofrecido por la institución.
A obtener información clara, apropiada y suficiente por parte del profesional de la salud tratante que le permita tomar decisiones libres, conscientes e informadas respecto de los procedimientos que le vayan a practicar y riesgos de los mismos. Ninguna persona podrá ser obligada, contra su voluntad, a recibir un tratamiento de salud.
A recibir los servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y respeto a su intimidad; ser tratado en forma personalizada y llamado por su nombre. Se garantiza la confidencialidad de toda la información que sea suministrada en el ámbito del acceso a los servicios de salud y de las condiciones de salud y enfermedad de la persona, sin perjuicio de la posibilidad de acceso a la misma por los familiares en los eventos autorizados por la ley o las autoridades en las condiciones que esta determine.
Recibir un trato digno y con respeto de sus condiciones particulares, su opinión, su privacidad, creencias, costumbres y la protección de su integridad.
A recibir información sobre los canales formales para presentar reclamaciones, quejas, sugerencias y en general, para comunicarse con la administración de las instituciones, así como a recibir una respuesta por escrito. El respeto por sus opiniones y creencias.
Como paciente tiene el deber de:
Propender por su auto-cuidado, el de su familia y el de su comunidad.
Cuidar las instalaciones y los recursos de la institución, utilizando adecuada y razonablemente cada servicio.
Respetar al personal responsable de la prestación y administración de los servicios de salud y a todas las personas que están dentro de las instalaciones de la institución.
Tratar con amabilidad a todas las personas durante su permanencia en la Institución.
Respetar la intimidad y creencia de los demás.
Colaborar con el cuidado de sus pertenencias e informar sobre hechos que atenten contra su seguridad y la de la institución.
Cumplir las normas, reglamentos, instrucciones, citas y horarios establecidos en la institución y atender los requerimientos del personal asistencial y administrativo.
Suministrar de manera oportuna y honesta, sus datos de identificación y la información que se requiera para efectos de recibir el servicio. Diligenciar de manera completa y clara los diferentes consentimientos informados presentados por el personal médico o de la clínica, una vez que los haya leído, comprendido y aceptado.
Conocer su responsabilidad en la aceptación o no de las recomendaciones o tratamientos ofrecidos, o en caso de abandonar el sitio donde se le está atendiendo. Colaborar con el cuidado de sus pertenencias e informar sobre hechos que atenten contra su seguridad y la de la institución.
Cancelar de manera oportuna e integra el valor económico de los servicios prestados por el personal médico y la Institución.
Autorizar por escrito a la(s) persona(s) que pueden acceder o reclamar copia de su historia clínica.
Diligenciar de manera completa y clara los diferentes consentimientos informados presentados por el personal médico o de la clínica, una vez que los haya leído, comprendido y aceptado.
Expresar por escrito y de manera clara su voluntad de rechazar o no aceptar un tratamiento propuesto
Firmar en la historia clínica la alta voluntaria cuando decida no aceptar la atención.
Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.
Seguir el tratamiento terapéutico recomendado por los profesionales de la institución cumpliendo correctamente con el plan indicado.
RESOLUCION 13437 DE 1991. “Por medio del cual se constituyen los comités de ética hospitalaria y se adopta el Decálogo de los Derechos de los Pacientes para humanizar la atención a ellos y garantizar el mejoramiento de calidad en la prestación del servicio público de salud en las instituciones hospitalarias públicas y privadas”.